¿Todos conocemos el buzón del SAT? Pero ¿Sabías que existe un buzón con el
Instituto Mexicano del seguro social?
Así es, se declaró este nuevo lineamiento en el diario oficial de la federación el día
05 de agosto de 2024.
¿En qué consiste? Es un sistema que permite a las personas interactuar con el
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de manera electrónica.
Los lineamientos son de carácter general y tienen tres propósitos principales:
• Informar sobre los trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS.
• Establecer reglas para las actuaciones de los particulares y la notificación
electrónica de actos administrativos.
• Los actos o resoluciones que se notifican son en formato digital, facilitando
su acceso y gestión.
Estos lineamientos benefician a toda persona física o moral que cuente con
trabajadores, facilitando el acceso a los trámites y servicios del Buzón IMSS en
relación con cualquier resolución administrativa. El IMSS efectuará notificaciones
de los actos y resoluciones administrativas que emita en documentos digitales a
través del Buzón IMSS, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido. Para tal
efecto, las personas particulares deberán mantener actualizados los medios de
contacto con el Instituto.
Las personas particulares contarán con tres días hábiles para abrir en el Buzón
IMSS los documentos digitales pendientes de notificar; dicho plazo se contará a
partir del día hábil siguiente a aquél en que le sea enviado el mencionado aviso.
Por cada actuación que realicen las personas particulares en el Buzón IMSS, se
emitirá un acuse de recibo electrónico y se presumirá, salvo prueba en contrario,
que el documento digital fue recibido en la hora y fecha que se consignen en el
acuse mencionado, siendo éste el medio para acreditar de manera fehaciente
la fecha y hora de recepción de los mensajes de datos y documentos digitales
enviados mediante dicho medio de comunicación.
Las actuaciones realizadas a través del Buzón IMSS producirán los mismos efectos legales que los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorguen a éstos.
Los acuses electrónicos que emita el sistema se podrán imprimir o consultar en el
mismo durante el plazo de 5 años posteriores a su emisión.
Escrito por:
Alonda Tapía | Asistente Dirección
Fuentes:
DOF – Diario Oficial de la Federación. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 28 de octubre
de 2024, de https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5735245&fecha=05/08/2024